La guarda del enfermo mentaldeberes y responsabilidades
- GUTIÉRREZ CALLES JOSÉ LUIS
- Rafael Linares Noci Director/a
Universitat de defensa: Universidad de Córdoba (ESP)
Fecha de defensa: 08 de de febrer de 2003
- José Manuel González Porras President/a
- Luz Castillo Rodríguez Secretari/ària
- Teodora Felipa Torres García Vocal
- Vicente Guilarte Zapatero Vocal
- José González García Vocal
Tipus: Tesi
Resum
En el trabajo se trata de demostrar las exhorbitantes responsabilidades que recaen sobre el turor de un enfermo mental desde que acepta el cargo así como el incumplimiento de algunas disposiciones normativas que dificultan la tutela del enfermo mental y especialmente la falta de creación por la Administración Sanitaria de dispositivos alternativos al vetusto manicomio que, al impedir una atención y seguimiento adecuado de las personas que padecen una enfermedad mental provocan una situación caracterizada por un pupilo deficientemente atendido médica y asistencialmente y, en consecuencia, en pésimas condiciones para prestarle la adecuada atención y vigilancia que el Código Civil exige en evitación de actuación dañosas, por lo que, de producirse estas, la búsqueda de un responsable debe orientarse hacia una Administración que al desvincularse del mandato legal que le obliga a crear una red socio - sanitaria suficiente y adecuada, está incumpliendo las obligaciones contenidas tanto en la Ley General de Sanidad de 25 de Abril de 1986 como en la Ley Andaluza de Salud.