La especial transcendencia constitucional de la custodia compartida en el derecho español a través de la jurisprudencia

  1. Catalina Ruiz-Rico Ruiz
Revista:
Boletín Mexicano de Derecho Comparado

ISSN: 0041-8633 2448-4873

Año de publicación: 2022

Volumen: 55

Número: 164

Páginas: 226-248

Tipo: Artículo

DOI: 10.22201/IIJ.24484873E.2022.164.18123 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

Los objetivos de este estudio se centran en investigar la dimensión constitucional de la custodia compartida en el derecho español a través del desarrollo jurisprudencial y el recurso al derecho comparado; los efectos discriminatorios en la asunción de obligaciones familiares; la interpretación del interés de los niños desde la perspectiva del derecho de igualdad; el alcance de la corresponsabilidad como derecho fundamental. La metodología se basa en la aplicación de la “perspectiva de géneros” a los estereotipos en el cuidado de los hijos y la contribución de la jurisprudencia ordinaria a la paridad en las responsabilidades familiares. Entre los resultados destacan la constitucionalización del interés del menor, la conveniencia de aproximar las instituciones de patria potestad y custodia compartida para evitar un trato desigual de niños, niñas, adolescentes y progenitores; el riesgo de discriminación de los padres por circunstancias familiares y personales con base en los criterios judiciales de custodia compartida y la configuración de la corresponsabilidad parental como derecho. Como limitaciones se señalan la excesiva judicialización de la custodia compartida, la supremacía del interés de los niños sobre el derecho fundamental de igualdad, y el carácter no vinculante de la corresponsabilidad en la legislación de igualdad. La originalidad radica en la aplicación de una perspectiva de géneros inclusiva y no excluyente en interés del niño; la inconstitucionalidad de la custodia exclusiva como régimen general; la evolución hacia la corresponsabilidad como derecho fundamental; además de la especial transcendencia constitucional de la custodia compartida por falta de doctrina del Tribunal Constitucional español.

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