El complemento por aportación demográfica: dislate legal de incesante conflictividad judicial aun después de derogado («no muerto»)Con ocasión de las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria 749/2022, de 31 de octubre, y de Extremadura 733/2022, de 31 de octubre

  1. Cristóbal Molina Navarrete
Revista:
Revista de Trabajo y Seguridad Social. CEF

ISSN: 2792-8314 2792-8322

Año de publicación: 2023

Número: 472

Páginas: 185-197

Tipo: Artículo

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Resumen

La introducción en el sistema de pensiones públicas españolas del complemento de maternidad por contribución demográfica a la Seguridad Social (art. 60 Ley general de la Seguridad Social, en la versión de 2015) fue un gravísimo error de técnica legislativa, con altos costes sociales y económicos. Una vez fue declarado discriminatorio contra los hombres por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (diciembre de 2019), el retraso excesivo en realizar el debido cambio legal (RDL 3/2021, de 2 de febrero) agravó las disfunciones. La aplicación posterior por los tribunales sociales, en vez de contribuir a dotar de una mayor coherencia la institución, la ha convertido en cada vez más irracional. Por lo tanto, la derogación de esta regulación legal no ha impedido una enorme conflictividad judicial, con decenas de miles de asuntos pendientes de resolver, muchos de ellos en el Tribunal Supremo. La gestión administrativa de esta figura tampoco ha contribuido a su racionalización, al contrario, la resistencia de la entidad gestora a cumplir con los dictados jurisdiccionales, aunque discutibles, ha creado problemas adicionales, también la condena al pago de indemnizaciones por daños morales. Este comentario analizará las decisiones judiciales más recientes en la materia, en el contexto de una nueva reforma del complemento por reducción de la brecha de género.