Los estados de la unión europea frente a los grandes retos del derecho internacional del espacio

  1. PRADO ALEGRE, ELVIRA
Dirigida por:
  1. Antonio Pastor Palomar Director/a

Universidad de defensa: Universidad Rey Juan Carlos

Fecha de defensa: 15 de junio de 2017

Tribunal:
  1. Juan Manuel de Faramiñán Gilbert Presidente
  2. M.ª Ángeles Cano Linares Secretario/a
  3. Carmen Martínez Capdevila Vocal
  4. Santiago Ripol Carulla Vocal
  5. Francisco Jiménez García Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 572658 DIALNET

Resumen

A pesar de ser una joven disciplina en el ámbito del derecho internacional público, el derecho del espacio ultraterrestre ha flanqueado algunos de los principales hitos de la humanidad, con el objetivo de buscar soluciones jurídicas para una exploración y utilización pacífica del espacio. Los permanentes avances tecnológicos y científicos y la creciente participación privada en el desarrollo de las actividades espaciales han propiciado, a su vez, la aparición de diversas cuestiones jurídicas en el organismo que las ha visto nacer: La Comisión para la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos de las Naciones Unidas (en adelante, COPUOS o Comisión) y su Subcomisión de Asuntos Jurídicos (en adelante, Subcomisión, SAJ). Así, el conjunto de Estados que conforman la Comisión y, entre ellos, los Estados miembros de la Unión Europea, marcan las lindes político-jurídicas necesarias para afrontar la resolución tanto de aquellos retos inmediatos como de los que surgieron en los albores de la era espacial. Sería una meta pretenciosa, por nuestra parte, querer encontrar soluciones para los desafíos jurídicos sobre los que ya se han realizado amplios estudios doctrinales y competir con la labor de los eminentes juristas y delegados que, cada año y en representación de su país, participan en las sesiones de trabajo de la Subcomisión (SAJ). Precisamente sobre su ardua labor, hemos sentado las bases de nuestra investigación para intentar, primero, establecer una delimitación de los retos objeto de nuestro estudio y, segundo, racionalizar las posiciones de los Estados miembros de la UE al respecto. No es, sin embargo, el fin último de nuestro trabajo realizar un estudio comparado entre los Estados examinados, sino tratar de perfilar cuáles son las fortalezas y debilidades de la Unión Europea y de sus Estados miembros, en el marco del derecho internacional del espacio, y cómo podrían contribuir, en su caso, a la futura resolución de los retos actuales. 2 La posición de los Estados de la Unión Europea que tienen una legislación espacial, ha sido objeto de múltiples análisis desde una perspectiva comparada. No existen, sin embargo, estudios que examinen la posición de los 28 Estados miembros respecto de las cuestiones que figuran en el programa de la Subcomisión de Asuntos Jurídicos (SAJ). Nos ha parecido, por ello, necesario hacer una sistematización de la situación individual de cada Estado, esté o no representado en COPUOS y con independencia de su capacidad espacial, para poder obtener una imagen completa que nos ayude a alcanzar los objetivos de nuestra investigación. Este trabajo pretende, además, contribuir positivamente al reto del fomento de capacidad en derecho espacial. El Profesor Vassilius Cassapoglou, durante una de sus intervenciones en nombre de la delegación griega, en las sesiones de la Subcomisión (SAJ), puso de relieve la importancia de “(…) Los aspectos sociológicos del derecho internacional del espacio para entender el comportamiento de los Estados en relación con los tratados.”1 En efecto, un conjunto de factores como la evolución político-jurídica de las actividades espaciales, el desarrollo de la industria o sus intereses en cooperación internacional, entre otros, son los que determinan la posición de los Estados sobre determinadas cuestiones jurídicas. Precisamente, con la finalidad de facilitar este análisis, hemos clasificado a los Estados siguiendo la ordenación de Naciones Unidas sobre los grupos regionales, esto es: el Grupo de Estados Occidentales y otros Estados y el Grupo de Estados Orientales. En definitiva, la diversidad de cuestiones jurídicas pendientes en materia de derecho del espacio ultraterrestre, que podemos considerar “retos”, y de posiciones de los Estados de la UE respecto de los mismos, justificaba un estudio jurídico internacional que nos permitiera obtener una perspectiva global. Además, este trabajo tiene un carácter prospectivo, no descriptivo, porque analiza la práctica interestatal, valorando las posiciones jurídicas que mejor puedan contribuir a la consecución de los retos. Un análisis, por tanto, que también podría ser de utilidad para sentar las bases de las nuevas líneas de acción de España, con un doble objetivo: 1Vid. UN Doc. COPUOS/LEGAL/T.641 (03.04.2001), p. 21. 3 Generar estados de opinión y de influencia, en el marco de la Comisión para la Utilización del Espacio Ultraterrestre, y afrontar determinados desafíos, ampliamente tratados por otros Estados miembros de la Unión Europea, como la elaboración de una ley espacia nacional, entre otras cuestiones. A lo largo de nuestra investigación hemos recurrido tanto al método inductivo como el deductivo para poder fundamentar el objeto de nuestro estudio. La lógica inductiva nos ha permitido, a partir de múltiples premisas concretas, llegar a conclusiones generales sobre la posición de los Estados y los retos jurídicos, basándonos en diversas consideraciones de fondo y forma. En primer lugar, hemos tenido en cuenta las posiciones oficiales de cada Estado sobre las cuestiones jurídicas objeto de debate, si las hubiere y fuesen conocidas; los estudios doctrinales al respecto y las intervenciones de los delegados de cada Estado durante las sesiones de trabajo de la Subcomisión (SAJ), entre los años 2000 y 2016. En segundo lugar, durante ese mismo periodo de tiempo, hemos evaluado el número de veces que cada delegación se ha manifestado respecto de una cuestión concreta. Los datos obtenidos, y que adjuntamos en una tabla anexa a este estudio, nos han proporcionado la base para obtener diversos porcentajes de participación de los Estados y clasificación de las cuestiones. Como es lógico, hemos encontrado una mayor dificultad en la obtención de información sobre los Estados que apenas han participado en las sesiones de la Subcomisión (SAJ), o que no son miembros de COPUOS, salvo en los casos en los que existe un pronunciamiento doctrinal u oficial del Estado por otras vías. Para la sistematización de todos los datos obtenidos hemos recurrido al método deductivo que nos ha permitido a, su vez, desarrollar el marco teórico de nuestro estudio. Una fuente importante de la práctica, para el análisis de las posiciones, ha sido la documentación disponible, en línea, a través de la Oficina de Naciones Unidas para los Asuntos del Espacio Ultraterrestre (UNOOSA): Los informes anuales de COPUOS desde el año 1959, los informes anuales de la Subcomisión de Asuntos jurídicos, desde el año 1990, las respuestas de los Estados a los cuestionarios elaborados por los diferentes Grupos de Trabajo, entre otros 4 documentos, y las cerca de 300 transcripciones, no editadas, de las reuniones de la Subcomisión durante los últimos 16 años. A partir del año 2012 estos documentos dejaron de publicarse en cinco idiomas (ruso, chino, inglés, francés y español) para ser únicamente accesibles en inglés, hasta el 2016, año en que se sustituyeron los textos escritos por las grabaciones de las sesiones. Las citas que aparecen en las referencias de nuestro estudio y que se han extraído de las intervenciones de las delegaciones, aparecen en español hasta el momento en que dejaron de ser accesibles en este idioma. Nuestro conocimiento nos ha permitido consultar los textos de diversas fuentes en inglés, francés e italiano. No obstante, cuando la información disponible sobre algunos Estados figuraba en otro idioma, sobre todo en el caso de los Orientales y algunos Occidentales, hemos recurrido a los servicios de traducción en línea. El análisis de la posición de los Estados respecto de las fuentes consultadas, se fundamenta en unos parámetros no exclusivamente jurídicos que han requerido la consulta multidisciplinar de fuentes de carácter histórico y político. El acceso a los fondos documentales de la Agencia Espacial Europea, con los estudios monográficos sobre la evolución histórica de las actividades espaciales de los Estados miembros, así como los estudios del European Space Policy Institute, ha sido muy ventajoso para ampliar la investigación de cada Estado, sin olvidar la información obtenida a través de las páginas web nacionales, bien de entidades gubernamentales como privadas. Hemos completado la investigación documental con la visita al Air and Space Institute de Colonia y la realización de unas entrevistas a determinados líderes de opinión en materia del estudio que nos ocupa.2 La organización de nuestro trabajo se ha estructurado en tres partes. Bajo el título “Retos en la Subcomisión de Asuntos Jurídicos” hemos querido desarrollar el marco teórico y conceptual de los retos del derecho internacional del espacio sobre el que se asienta la investigación. Así, en el Capítulo I analizamos la evolución y justificación de las cuestiones del programa de la 2 El Profesor Dr. J.M de Faramiñán Gilbert (Catedrático de Derecho Internacional Público y titular de la Cátedra Jean Monnet) El Embajador de Chile Raimundo Gónzalez Aninat; el Sr. Jean-Jaques Tortora (Director del European Space Policy Institute), el Sr. Rafael Moro Aguilar (Abogado y Asesor de la delegación española en COPUOS). 5 Subcomisión (SAJ), desde su constitución (Sección 1.ª), para luego poder seleccionar y concretar no solo los retos jurídicos, objeto de nuestro estudio, sino también aquellos excluidos del mismo (Secciones 2.ª y 3.ª). Hemos acompañado este Capítulo con unas tablas cronológicas, sobre la evolución del programa de la Subcomisión (SAJ), y unos gráficos sobre las cuestiones del programa que han obtenido una mayor participación, por parte de los Estados de la UE miembros de COPUOS. La Segunda y Tercera parte de nuestro estudio tienen por objetivo analizar la posición de cada Estado de la UE siguiendo los Grupos Regionales de las Naciones Unidas, esto es, los Estados Occidentales (y otros Estados) y los Estados Orientales, respecto de los cinco retos jurídicos perfilados en la Primera Parte. Hemos agregado un apartado sobre la evolución histórico-política de las actividades espaciales de cada Estado y otro sobre su posición en COPUOS, relativo a su incorporación y participación en los periodos de sesiones de la Subcomisión (SAJ), completando siete apartados. Además de por su posición en las Naciones Unidas, hemos contemplado el estudio de ambos grupos de Estados por separado porque tanto la evolución de las actividades espaciales como su integración en la Unión Europea, han seguido caminos diferentes. Aunque hoy, con la adhesión de los 28 Estados, esas diferencias se han desdibujado, la evocación del interés de los Estados Occidentales en impulsar la constitución de las primeras organizaciones espaciales, la influencia de la antigua Unión Soviética sobre los Estados Orientales y su posterior independencia, aún perduran en la marcha conjunta de la Unión Europea. Como resultado de nuestra investigación, hemos realizado una segunda clasificación de los Estados atendiendo a sus vínculos históricos, geo-políticos y jurídicos. Así, la Segunda Parte está dividida en cinco capítulos que corresponden a los siguientes grupos: Los Estados del Eje Franco-Alemán, el Grupo de Pequeños Estados, el Grupo de Estados del Mediterráneo, los Países Nórdicos y, por último, el Grupo de Estados Insulares. Cada capítulo contiene una última sección donde se evalúa la posición del grupo de Estados, en su conjunto. Los gráficos que 6 acompañan estas secciones nos muestran, en primer lugar, las intervenciones de los Estados en los periodos de sesiones de la Subcomisión (SAJ) durante los años objeto de estudio; en segundo lugar, aquellas cuestiones del programa sobre las que ha habido más pronunciamientos y, en tercer lugar, su situación en relación con los otros grupos de Estados de nuestra ordenación. En el caso de los Estados cuya participación ha sido muy escasa (inferior a 10 intervenciones) no se ha elaborado un gráfico sobre este punto. De igual modo, no se ha contemplado el estudio independiente de aquellas cuestiones sobre las que no se ha encontrado información relevante, para un Estado concreto. Ello ha sucedido, sobre todo, en el análisis de los Estados que no forman parte de COPUOS. El esquema que hemos analizado para la Segunda Parte, se repite en la Tercera para los Estados Orientales. En este caso hemos dedicado tres capítulos a los siguientes grupos: los Estados del Eje Centro-Oriental, el Grupo de Estados Balcánicos y el Grupo de Estados Bálticos. Por motivos aparentes, como el número de Estados que pertenece a cada grupo, los capítulos no guardan una correlación en cuanto a su extensión. Más aún en el caso de los Estados Orientales donde hay menos miembros de COPUOS y, en consecuencia, menos información disponible sobre sus posiciones. Nuestro estudio se completa con el desarrollo de unas conclusiones donde hemos querido abstraer cuál o cuáles son las posiciones de los Estados de la UE respecto de los retos jurídicos y las consecuencias a futuro derivadas de todo ello. Cuatro anexos finales (Anexos III, IV, V y VI) recopilan los datos obtenidos sobre cuestiones abordadas a lo largo de la investigación, referentes a la participación de los Estados en COPUOS y a la ratificación de los tratados.