El derecho a no ser informado en el ámbito médico
- Correa Martínez, César Alberto
- Fernando E. Fonseca Ferrandis Director/a
Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid
Fecha de defensa: 22 de enero de 2020
- José Cuesta Revilla Presidente
- Pilar Nicolás Jiménez Secretario/a
- Andrés Santiago Sáez Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
El derecho a no saber fue incluido en la legislación española a partir de la expedición de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, en que reconoció al derecho a no ser informado. A partir de allí, surge la necesidad de describirlo, analizarlo y determinar su naturaleza jurídica, los principios sobre los que se fundamenta y las reglas de aplicabilidad. El derecho a no saber se fundamenta en la autonomía y libertad de los pacientes, basados en los mismos criterios que el derecho a ser informado. En principio, su aplicabilidad se establece a través de la autonomía decisoria e informativa de las personas, reconocida dentro de los textos constitucionales, pero se limita cuando de ello derive un perjuicio mayor al paciente, a un tercero (la comunidad, la familia), cuando se ejecuten actividades propias de la representación de menores e incapaces. El derecho a no saber nace por los avances en biomedicina, específicamente en genética y así se ha destacado por la doctrina, pero su alcance se extendió a la medicina asistencial.