La configuración constitucional del decreto-ley
- Antonio Joaquín Porras Nadales Director
Defence university: Universidad de Sevilla
Year of defence: 1996
- Francisco Javier Pérez Royo Chair
- Pablo Lucas Murillo de la Cueva Secretary
- Javier Jiménez Campo Committee member
- Pedro Cruz Villalón Committee member
- Paolo Carrozza Committee member
Type: Thesis
Abstract
La imposición generalizada de la separación de poderes supone que el reconocimiento de potestad legislativa en favor del gobierno se reconozca exclusivamente para situaciones de urgente necesidad. Asimismo, dada la preeminencia funcional reconocida al parlamento, la plena incorporación al ordenamiento jurídico de dichas normas gubernamentales/ aparece vinculada a una posterior intervención ratificadora por parte del órgano legislativo. En relacion a tales exigencias genericas la constitucion de 1978 no es una excepcion. Como especificos elementos cualificadores del decreto-ley en el ordenamiento español, encontramos que la constitucion introduce importantes restricciones materiales en relacion a dicha figura (art. 86.1 c.E.) y que ofrece dos vias alternativas, convalidacion y conversion, para su ingreso definitivo y permanente en el mundo del derecho (art. 86.2 y 3 c.E.)