El juramento en el proceso castellano anterior a la codificación

  1. GÁMEZ MONTALVO, FRANCISCA
Dirigida por:
  1. Ramón Fernández Espinar Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 09 de noviembre de 1999

Tribunal:
  1. Antonio Merchán Alvarez Presidente/a
  2. Manuel Pérez-Victoria Benavides Secretario/a
  3. Juan Ángel Sáinz Guerra Vocal
  4. Santos M. Coronas González Vocal
  5. José Antonio López Nevot Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 75661 DIALNET

Resumen

El presente trabajo pretende contribuir al estudio del proceso en la historia juridica peninsular, en concreto la de la Corona de Castilla, abordando el análisis del juramento institución que actua en diversos momentos de dicho proceso, tanto en su inicio como en la fase probatoria, de ahí su importancia en el procedimiento. La tesis se inicio con el juramento en el proceso privado romano que se realiza en la fase in iure siendo deferido por la parte demandante de forma necesaria y con carácter decisorio. A su vez, la parte demandada puede devolver el juramento al demandante convirtiendose en un juramento referido. Estos juramentos también son deferidos por eljuez, teniendo, normalmente, un carácter eliminatorio del valor de la cosa en litigio y tambien, carácter probatorio. Por su parte, el juramento en el segundo proceso romano, la cognitio extra ordinem, se daba en los momentos iniciales del procedimiento, con el juramento de alumnia, y tambien en la fase probatorio cuando la ha pedido el juez de forma supletoria a la documental y a la de testigos. Esta tradicion romana postclásica se transmite como soporte sobre el que se levanta el proceso visigodo cuyo objeto es la búsqueda de la verdad a través de la fe en Dos, de aquí que el juramento como prueba subsidiaria sea especialmente relevante en este periodo. Por ello, nos encontramos con que el juramento de inocencia del demandado, el purgatorio, el sacramentum, e incluso, en algunos casos, el juramento de testigos hagan prueba cuando el juez lo estime oportuno. Se estudian tambien las conditiones sacramentorum, que acababa el pleito. Por su parte, la Alta Edad Media leonesa-castellana es deudora directa de la tradicion visigoda. Lo mas relevante en este periodo es la aparición de las ordalías como medio de prueba con base en la tradicion catolica que convertira la sociedad castellano-leonesa en una sociedad teocentrica donde Dios interviene en procesos concretos a tr