El fin del mito de la inmutabilidad del suelo consolidadootro axioma abatido

  1. SALVADOR MARÍA MARTÍN VALDIVIA 1
  1. 1 Universidad de Jaén
    info

    Universidad de Jaén

    Jaén, España

    ROR https://ror.org/0122p5f64

Revista:
Revista de urbanismo y edificación

ISSN: 1576-9380

Año de publicación: 2020

Número: 44

Páginas: 191-205

Tipo: Artículo

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Resumen

el suelo urbano consolidado había sido definido por las leyes estatales anteriores a la de 2007 como aquél que contaba con todos los servicios urbanísticos básicos y su categorización quedaba encuadrada en el ámbito de las actuaciones regladas para el planificador. De ahí derivaban unos derechos y obligaciones específicos para sus titulares que les diferenciaban muy sensiblemente de los propietarios de suelos no consolidados y urbanizables. La legislación estatal de 2007 y sus desarrollos posteriores han ofrecido un giro de tuerca a este statu quo en la medida en que permiten, a través de los procedimientos de renovación, reforma y regeneración urbanas, descatalogar los suelos consolidados para incluirlos en áreas degradadas precisadas de nuevas operaciones urbanísticas. Ello conlleva la pérdida de la categoría del suelo consolidado, imponiendo a sus propietarios similares deberes urbanísticos que los que corresponden a suelos urbanizables o urbanos no consolidados, con las repercusiones que, a efectos de gestión urbanística, expropiaciones, valoración y actuaciones coactivas comportan e imponen a sus titulares. Tal cambio de estatus ha sido ratificado por las recientes sentencias del Tribunal Supremo de 20 de julio de 2017 y 30 de octubre de 2018 que son objeto de este trabajo.