La capacidad y la representación de las partes en la jurisdicción contencioso-administrativa

  1. Eloísa Carbonell Porras
Aldizkaria:
Administración de Andalucía: revista andaluza de administración pública

ISSN: 1130-376X

Argitalpen urtea: 2018

Zenbakien izenburua: Veinte años de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa: balance y perspectivas

Zenbakia: 100

Orrialdeak: 47-85

Mota: Artikulua

DOI: 10.46735/RAAP.N100.703 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openSarbide irekia editor

Beste argitalpen batzuk: Administración de Andalucía: revista andaluza de administración pública

Laburpena

Constituye el objeto de este estudio el análisis de las condiciones para constituirse en parte en el proceso contencioso-administrativo, es decir, la capacidad para ser parte y para comparecer en juicio, que son presupuesto necesario y previo a la legitimación. Para ello, se tiene en cuenta la regulación general que realiza la LEC, que reconoce la capacidad de las personas física y jurídicas, y de otras estructuras no personificadas, y determina a quién le corresponde en cada caso la comparecencia en juicio, y sus consecuencias para el orden contencioso-administrativo.