El derecho al proceso debido en el ámbito penalla interpretación evolutiva del art. 6 del CEDH por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

  1. Pérez Sola, Nicolás 1
  1. 1 Universidad de Jaén
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    Universidad de Jaén

    Jaén, España

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Revista:
Revista de la Facultad de Derecho de México

ISSN: 0185-1810

Ano de publicación: 2020

Volume: 70

Número: 276

Páxinas: 109-140

Tipo: Artigo

DOI: 10.22201/FDER.24488933E.2020.276-1.75123 DIALNET GOOGLE SCHOLAR

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Resumo

En el art. 6 del CEDH se contienen toda una serie de garantías procesales como de derechos de las partes en el proceso que han de ser observados por los sistemas judiciales de los Estados partes del Convenio. La jurisprudencia del TEDH interpretando y aplicando el art. 6 ha generado un robusto conjunto de elementos conformadores de las garantías del proceso que abarcan prácticamente desde el inicio del mismo hasta la ejecución de la sentencia que le ponga fin. El derecho al proceso debido implica el derecho de acceso al proceso, a un proceso equitativo con reconocimiento y garantía de la igualdad de armas, así como una fase contradictoria y a la imparcialidad de los órganos jurisdiccionales de los que se ha de obtener en un plazo razonable una resolución judicial de fondo congruente, motivada debidamente y fundamentada en derecho. 

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