El control ex officio iudicis de la validez del laudo de consumo en el proceso de ejecuciónuna práctica errónea de las Audiencias Provinciales que ahora confirma la sentencia Asturcom Telecomunicaciones del TJUE
ISSN: 1989-6913
Año de publicación: 2011
Número: 7578
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Diario La Ley
Resumen
La sentencia del TJUE de 6 de octubre de 2009 ha instado a los Jueces de la ejecución para actuar de oficio y de esta manera garantizar la protección del consumidor cuando se trata de ejecutar un laudo, aun cuando en España la doctrina de las Audiencias Provinciales ya había aplicado esta regla con anterioridad. Sin embargo, esta manera de proceder implica sustituir la iniciativa que corresponde a las partes en el proceso de ejecución por la del iudex, con grave lesión para los derechos del ejecutante y del principio dispositivo, e, inclusive, permite hablar de una intromisión de la jurisdicción ordinaria en el arbitraje, al obviar que se trata de un proceso de instancia única.