Leyes inconstitucionales y autocontrol parlamentario en la Constitución de 1812.

  1. Ruiz Ruiz, Juan José
Revista:
Revista española de derecho constitucional

ISSN: 0211-5743

Año de publicación: 2012

Año: 32

Número: 96

Páginas: 187-212

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista española de derecho constitucional

Referencias bibliográficas

  • Marian AHUMADA RUIZ, La jurisdicción constitucional en Europa, Cizur Menor, Thomson-Civitas, 2005, pág. 249.
  • Agustín de Argüelles, Discurso preliminar a la Constitución de 1812, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2011, pág. 97.
  • Ignacio FERNÁNDEZ SARASOLA, La Constitución de Cádiz. Origen, contenido y proyección internacional, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2011, pág. 128, in nota.
  • Ignacio FERNÁNDEZ SARASOLA, «Valor normativo y supremacía jurídica de la Constitución de 1812», en Remedio SÁNCHEZ FERRIZ/Mariano GARCÍA PECHUAN, La enseñanza de las ideas constitucionales en España e Iberoamérica, Valencia, 2001, pág. 199.
  • Carlos GARRIGA, «Continuidad y cambio del orden jurídico», en ID. (coord.), Historia y Constitución. Trayectos del constitucionalismo hispano, México D. F., 2010, pág. 90.
  • Carlos GARRIGA, «Constitución, Ley, Reglamento: El nacimiento de la potestad reglamentaria en España (1810-1814, 1820-1823)», Anuario de Historia del Derecho español, t. LXV, 1995, pág. 478.
  • Marcel GAUC HET, La Révolution des droits de l'homme, Paris, Gallimard, 1989, pág. 145.
  • Lucien JAUME, L'individu effacé, Paris, Fayard, 1997, pág. 106.
  • LUCIEN JAUME, «Garantir les droits de l'Homme: 1791-1793», La Revue Tocqueville, vol. XIV, núm. 1, 1993, pág. 53.
  • Javier JIMÉNEZ CAMPO, «La igualdad jurídica como límite frente al legislador», Revista Española de Derecho Constitucional, núm. 9, septiembre-diciembre, 1983, pág. 75.
  • Javier JIMÉNEZ CAMPO, Derechos fundamentales. Concepto y garantías, Madrid, Trotta, 1999, pág. 78.
  • Marta Llorente Sariñena, Las infracciones a la Constitución de 1812, Madrid, 1988, pág. 194.
  • Francisco MARTÍNEZ MARINA, Discurso sobre sociedades patrióticas, Madrid, Imprenta de la Compañía, 1820, págs. 68 y 70.
  • L. MEZZETTI, M. BELLETTI, E. DORLANDO, E. FERIOLI, Giustizia costituzionale, Padova, CEDAM, 2007, págs. 59-74.
  • Alessandro PACE, La rigidez de las constituciones escritas, Cuadernos y debates, núm. 58, Centro de Estudios Constitucionales, 1995, pág. 99.
  • Alessandro PACE, «Libertà e diritti di libertà», en Studi in onore di Pierfrancesco Grossi, Milano, Giuffrè, 2010.
  • REA SPELL, Rousseau in the Spanish world before 1833, New York, Octagon Nooks, 1969, en concreto vid.
  • Santiago A. ROURA GÓMEZ, La defensa de la Constitución en la historia constitucional española, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 1998, pág. 147.
  • Joaquín VARELA SUANZES, «Constitución y Ley en los orígenes del Estado liberal», Revista española de Derecho constitucional, núm. 45, septiembre-diciembre, 1995, pág. 359.
  • Joaquín VARELA Suanzes-Carpegna, «Rey, Corona y Monarquía en los orígenes del constitucionalismo español», Revista de Estudios Políticos, núm. 55, enero-marzo, 1987, pág. 150.
  • José Javier VIÑES RUEDA, La Sanidad española en el siglo XIX, Gobierno de Navarra, 2006, págs. 40-42.