La hipotecabilidad del derecho de usufructo
ISSN: 0213-7100
Argitalpen urtea: 2009
Alea: 2
Zenbakia: 20
Mota: Artikulua
Beste argitalpen batzuk: Actualidad civil
Laburpena
En el Derecho Romano el usufructo no era alienable, pero se había introducido la distinción de admitir la enajenación del derecho a percibir los frutos, lo que permitía la conservación de la titularidad de su derecho cediendo únicamente la explotación económica. A su juicio el usufructo es un derecho que permite claramente su enajenación tanto «inter vivos» como «mortis causa».