Límites de la finalidad financiera en la gestión del patrimonio
ISSN: 0210-2919
Año de publicación: 2002
Número: 104
Páginas: 35-40
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Crónica tributaria
Resumen
Hay que dilucidar si la actividad de la gestión patrimonial está presidida por una finalidad financiera, ya que el fin de las normas, el interés jurídicamente protegido, es el que, en un plano contractual infunde unidad al fenómeno financiero y es el criterio que permite determinar si la aplicación de las normas que regulan un instituto jurídico, como el patrimonio, viene a integrarse en esa actividad pública única, de signo instrumental, que denominamos actividad financiera.