La resolución extrajudicial de conflictos en el transporte: las Juntas Arbitrales de Transporte
- María Victoria Petit Lavall (dir.)
- Achim Puetz (dir.)
Editorial: Marcial Pons
ISBN: 978-84-9123-604-7
Año de publicación: 2018
Páginas: 49-66
Congreso: Congreso Internacional del Transporte (7. 2018. Benicàssim. Castellón de la Plana)
Tipo: Aportación congreso
Resumen
El trasporte ha sido un sector pionero en la articulación de vías alternativas a la resolución de conflictos al margen de les procesos judiciales, en la doble perspectiva del Derecho mercantil y del Derecho administrativo. El arbitraje proporciona a ras partes afectadas por un litigio un procedimiento privado por el que este es sometido de manera voluntaria y consensuada a un árbitro o a un tribunal de vanos árbitros que dicta una decisión sobre el mismo preceptiva para las partes y que sustituye a la presentación de la correspondiente reclamación judicial. Si bien es cierto que se trata de una forma de resolver conflictos que se ha extendido en diversos sectores, en el complejo ámbito del sector de los transportes terrestres resulta de relevancia. En concreto, conviene destacar el papel de las Juntas arbitrales de transporte como organismo institucional creado en dicho sector a fin de solventar de modo rápido y gratuito las controversias mercantiles y económicas surgidas en el ámbito de los transportes terrestres y de actividades auxiliares y complementarias del transporte, en cuyo caso cuenta con competencia exclusiva La finalidad de este mecanismo de resolución extrajudicial es, por tanto, la tutela de las partes intervinientes en el transporte dentro de su ámbito de competencia. El proceso de reclamación que se ofrece es simple, basta con remitir un escrito y asistir al trámite de vista de forma personal o mediante representación. En el presente trabajo, tratamos de analizar, por un lado, la naturaleza jurídica de las Juntas Arbitrales de Transporte desde el Derecho público y su engarce con la llamada actividad arbitral en lo que se conoce como la actividad arbitral de las Administraciones públicas; y, por otro lado, la efectividad de esa actividad arbitral como medio alternativo para resolver los litigios entre las diferentes partes que intervienen en el contrato de transporte en sustitución de un proceso judicial.