El ejercicio de los derechos civiles por el extranjero en Españael art. 27 del C.C

  1. HERNÁNDEZ CABALLERO MARÍA JOSÉ
Dirigida por:
  1. José González García Director

Universidad de defensa: Universidad de Jaén

Fecha de defensa: 13 de noviembre de 2004

Tribunal:
  1. Bernardo Moreno Quesada Presidente/a
  2. Domingo Jiménez Liébana Secretario
  3. Ramón Herrera Campos Vocal
  4. Xavier O'Callaghan Muñoz Vocal
  5. Francisco Javier Sánchez Calero Vocal
Departamento:
  1. DERECHO CIVIL, DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO

Tipo: Tesis

Teseo: 129142 DIALNET

Resumen

Desde que en 1978 se adoptara la Constitución española, dos líneas importantes de su desarrollo han marcado el ámbito jurídico y político de la convivencia ciudadana: de un lado, el ejercicio y la garantía de los derechos fundamentales y libertades públicas expresamente reconocidos en el Título 1; y de otro, la integración en la Europa comunitaria contemplada ya de forma implícita en el artículo 93 del texto constitucional. En este nuevo espacio de europeidad y de derechos y libertades fundamentales, se dibuja como en huecograbado la condición jurídica de los extranjeros, quienes según el artículo 13.1 de la Constitución "gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente título en los términos que establezcan los Tratadosy la Ley", a la vez que, conforme al artículo 27 del Código civil,"gozanen España de los mismos derechos que los españoles, salvo lo dispuesto en las leyes especiales y en los Tratados". A partir de aquí, cabe observar que la regulación de los derechos de los extranjeros en España viene hoy condicionada tanto por los derechos y libertades proclamadas en el Título I de la Constitución y, cuya interpretación -según el artículo 10.2- debe hacerse de conformidad con la Declaración de los Derechos Humanos y los acuerdos internacionales en la materia ratificados por España, como por los compromisos derivados de la integración de España en la Comunidad. Aspectos ambos, que dan una dimensión renovadora a la condición jurídica del extranjero en nuestro país, y que hacen necesario un nuevo planteamiento en su estudio. Necesidad y nuevo planteamiento que, como objeto medular de este trabajo, se centra en el, escasamente tratado, ámbito de los derechos civiles. En esta materia, el influjo del Derecho internacional general y convencional y, especialmente de la Constitución de 1978, ponen de relieve la progresiva desaparición de todos esos límites históricamente impuestos al e