El derecho de igualdad y la categoría género en la actual legislación católica
- PEREIRA FRANCISCO, CAETANO
- Jaime Oraá Oraá Director/a
Universidad de defensa: Universidad de Deusto
Fecha de defensa: 07 de abril de 2000
- Romualdo Bermejo García Presidente/a
- Carmen Bernabé Ubieta Secretario/a
- Consuelo Ramón Chornet Vocal
- María Antonia Bel Bravo Vocal
- Demetrio Velasco Criado Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La presente tesis tiene la pretensión de analizar el principio de igualdad con relación a los sexos, según el ordenamiento jurídico de la Iglesia Católica. Para tal efecto, tomamos como punto de partida el presupuesto de que hay una relación asimétrica entre hombres y mujeres en dicha institución. Para la consecución de este reto, dividimos la tesis en cuatro capítulos, donde, en el primero, intentamos un acercamiento al concepto de igualdad, in casu, entre los sexos y así poder disponer de una mayor uniformidad conceptual, teniendo en cuenta que el principio que nos ocupa se presta a diversas interpretaciones. El segundo capítulo plantea el fenómeno de la histórica subordinación de la mujer al hombre, cuyos orígenes se pierden en las brumas del tiempo. Aquí estudiamos las principales razones que se aducen para justificar dicha subordinación y, también, abordamos el hecho del sistema patriarcal en el cual se halla estructurada la sociedad. El tercer capítulo recoge las más significativas legislaciones, tanto a nivel internacional y regional, como a nivel nacional, pertinentes al tema encuestión, que, a nuestro parecer, representan el esfuerzo de la humanidad enla superación del reconocido estado sublaterno del colectivo femenino en todas las culturas de que tenemos conocimiento. El último capítulo plantea el problema de la subordinación femenina en el contexto del vigente ordenamiento jurídico de la Iglesia, por lo que prestamos especial atención a lo que preconizan determinados cánones del actual Código de Derecho Canónico, en el que encontramos algunas posturas que, a nuestro juicio, se presentan contradictorias y resultan perjudiciales a la mujer. De todo ello sacamos las conclusiones pertinentes.