Sistemas de adquisición de terrenos para los patrimonios públicos de suelo
- Antonio Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidad de Jaén
Defentsa urtea: 1997
- Tomás-Ramón Fernández Rodríguez Presidentea
- Antonio José Martí del Moral Idazkaria
- José Eugenio Soriano García Kidea
- Tomás Quintana López Kidea
- Francisco de Borja López-Jurado Escribano Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
Los patrimonios publicos de suelo responden a unas necesidades historico-juridicas que se plasman genericamente en el art. 47 ce. No obstante, la actual regulacion de este instituto no concuerda con aquellas necesidades y parece, precisamente, que responde a consignas contrarias a ellas. En concreto, la legislacion estatal y la autonomica, sobre todo, inciden en la idea de que estos patrimonios buscan precisamente institucionalizar la especulacion de suelo, proscrita por el art. 47 ce, y que esto queda en manos publicas, lo que genera gran controversia por la incongruencia que pueden suponer los nuevos sistemas de adquisicion de terrenos respecto a algunos principios fundamentales y derechos constitucionalmente reconocidos (la libertad de empresa, el derecho de propiedad, el derecho a la igualdad, la seguridad juridica, etc).