Teoría general de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

  1. Arias Eibe, Manuel José
Dirigée par:
  1. Carlos Martínez-Buján Pérez Directeur/trice

Université de défendre: Universidade da Coruña

Fecha de defensa: 11 novembre 2005

Jury:
  1. Enrique Orts Berenguer President
  2. Carlos Suárez-Mira Rodríguez Secrétaire
  3. Guillermo Portilla Contreras Rapporteur
  4. Mercedes Alonso Álamo Rapporteur
  5. Fernando Vázquez-Portomeñe Seijas Rapporteur

Type: Thèses

Teseo: 134318 DIALNET

Résumé

En esta Tesis se aborda el estudio de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal contempladas en el código penal de 1995 desde una perspectiva sistemática o de conjunto. La estructura del trabajo de investigación aborda, entre otros aspectos, el concepto, naturaleza, fundamento, clasificación, comunicabilidad y participación en las circunstancias, error, problemas de inherencia y compatibilidad. Se defiende el criterio de que desde una perspectiva global, o de conjunto, no cabe predicar un fundamento estrictamente dogmático para todas las circunstancias, ni tampoco un fundamento esencialmente político-criminal para todas ellas, diferenciando entre el fundamento de las circunstancias del delito y el de las circunstancias post-delictivas. El mayor o menor desvalor de la intención o el mayor o menor desvalor objerivo de la acción o del resultado, o el mayor o menor juicio de reproche son el fundamento de las circunstancias del delito, en tanto que las cricunstancias post-delictivas encuentran su fundamento en razones esencialmente político-criminales. Se aborda el estudio de los delitos especiales considerando que los elementos de carácter personal configuradores de los delitos especiales impropios son auténticas circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal al configurar delitos comunes especialmente cualificados. Se diferencia de las contenidas en el Art. 65,3, son aplicables tanto a las cricunstancias generales como a las especiales. Los problemas de error se solucionan conforme al fundamento de las circunstancias y al principio de culpabilidad en tanto que los problemas de inherencia y compatibilidad son solucionados con arreglo al principio "non bis in idem" y a las reglas relativas al concurso de leyes.