Aspectos constitucionales de la bioéticastatus jurídico del preembrión
- GARCÍA VARELA, DEBORAH
- Rafael Rubio Núñez Director
Defence university: Universidad Complutense de Madrid
Fecha de defensa: 02 February 2016
- Raúl Leopoldo Canosa Usera Chair
- María Asunción García Martínez Secretary
- Alberto Oehling de los Reyes Committee member
- Alberto Anguita Susi Committee member
- Francisco Javier Díaz Revorio Committee member
Type: Thesis
Abstract
Los avances en biomedicina y genética se dan a una velocidad vertiginosa: intentar precisar el papel del constitucionalismo ante estos constantes cambios es una labor complicada para el jurista. Pero mayor dificultad encierra el intento definir el status jurídico-constitución del preembrión, y es esta tarea la que crea mayor tensión entre el Derecho, la Biomedicina y la Genética, puesto que muchas investigaciones utilizan células madre embrionarias que se extraen de los embriones menores de catorce días, conocidos como preembriones. Estas prácticas, amparadas bajo la libertad de investigación científica, obligan a revisar el catálogo de derechos fundamentales que contemplan las diferentes Constituciones e Instrumentos Internacionales, y plantean la necesidad de trazar nuevos derechos o nuevas dimensiones de derechos ya existentes. Es por esto que en diversos países del mundo se han tomado decisiones legislativas con el objeto de regular el status que guarda del preembrión, por lo que en la presente investigación se hizo un estudio de las normativas, centrándose en aquellas de los países más punteros, como Alemania, Estados Unidos y Reino Unido, y también se estudia la legislación de México no sólo por la proximidad geográfica que comprarte con Estados Unidos, sino también por los lazos históricos y culturales que le atan a España, y puesto que dichas circunstancias moldean su sociedad y cultura y sobre todo han influido en su cuerpo legal. Además, es un claro ejemplo de la carencia normativa que evidencian los países latinoamericanos en la materia, ya que los países latinoamericanos, a diferencia de los europeos, carecen de una normativa sistemática sobre procreación asistida. En la mayoría de los casos se encuentran algunos principios generales aplicables a la materia en los Códigos Civiles y Penales, o incluso en las Constituciones; y desde luego se estudió la normativa de España, puesto que ha sido con mayor o menor acierto, pionera en regular los nuevos campos que abría la biomedicina. Habrá que reconocer que es la ciencia quien dirige a la sociedad, el Derecho sólo regula, en medida de lo posible, su irrefrenable e incesante progreso.